EL SOCIALISMO NO SOLAMENTE NO ES COMPATIBE CON LA DEMOCRACIA CLASICA, DE DEMOS Y KRATOS, DE LA COSA PUBLICA, DE DARLE EL PODER DEL PUEBLO AL PUEBLO, EL SOCIALISMO ES UNA ABERRACION QUE CRITICA SUS ISMAS ACCIONES COMO SI LAS REALIZASE OTRA PERSONA.
EL SOCIALISMO EXIGE BIENES PUBLICOS Y SERVICIOS PUBLICOS, QUE NO DEJA QUE SE FINANCIEN , NI SE NUTRAN DE PROFESIONAES ADECUADOS, EL SOCIALISMO ES UNA FORMA DE NEPOTISMO Y CORRUPCION , FINANCIADA CON E DINERO DE LOS POBRES Y APAUDIDA POR ESTOS MISMOS,MIENTRAS LOS DIRIGENTES ACUDEN A MESIOS Y SERVICIOS QUE NIEGAN A SUS VOTANTEES, INCLUSO LLEGANDO A CRIMINALIZARLOS.
CRIMINALIZA TODO LO QUE NO LE INTERESA QUE ESTE AL ACANCE DE LOS CUDADANOS, SANIDAD DE CALIDAD, NADA AL PUEBLO MEDICOS LENTOS , MAL TITULADOS, LOS BUENOS SE VAN DEL PAIS, EDUCACION , NEFASTA, PERO PARA SUS HJOS SIEMPRE HAY UNA ESCUELA PRIVADA DE ELITE.
QUE DECIR DE LA CENSURA, SE HACEN LLAMAR FEMINISTAS , Y SON LOS CLIENTES FIELES DE LOS CLUBES DE PUTAS, PAGAN CON DINERO DE LOS POBRES A LOS QUE DICEN DEFENDER, Y A LOS QUE MATAN DE HAMBRE, PARA DAR LUEGO UNAS LIMOSNAS Y DECIRLES ASI QUE SIN SOCIALISMO NO TENDRIAN ESAS LIMOSNAS … QUE SON UNA MIGAJA DE LO QUE SE LES HA ROBADO PREVIAENTE…
EL SOCIALISMO DURA MIERNTRAS HAY DINERO Y GENTE A LA QUE ROBAR… LUEGO EL SOCIALISMO DEJA DE SER SOSTENIBLE Y PASA A SER NACIONAL SOCIALISMO NAZI ALEMAN, EL SOCIAISMO UNIFICADO DE VENEZUELA, EL SOCIALISMO OBRERO DE ESPAÑA, QUE PARTICIPO E LA GUERRA CIVIL CON CHEKAS EN LAS QU EVIOLABAN MUJERES POR HABER IDO A MISA… MATABAN MONJAS Y LAS VIOLABAN, ESO NO ESTA EN SU MEMORIA HISTORICA, COMO LA CREACION DE ETA … SI UNO INVESTIGA ENTINDE QUIEN ES QUIEN, COMO ES CADA CUAL Y PORQUE LOS QUE APOYAN LO HACEN Y DESDE CUANDO LO HACEN. DESDE 1990 DIGO QUE PSOE Y ETA SON LO ISMO,ANTES DEL CHIVATAZO DE FAISAN Y LOS OTROS GRANDES CHIVATAZOS DELL PSOE A ETA.
QUE DECIR … LA CENSURA ESTA VOLVIENDO…
DESPUES DE TODO LO QUE HA PASADO EN LA HISTORIA DE LA HUMANIDAD, LA GENTE NECESITA SABER QUE ES LO QUE FORMA LA PARTE IZQUIERDA DE LA POLITICA, Y QUE ES LO QUE FORMA PARTE DE LA DERECHA.
COMNCEMOS POR EL PRINCIPIO
QUE ES LIBERTAD DE EXPRESION
EN EL BOE
(BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO)
Derechos Fundamentales
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Sala segunda. Sentencia 6/1981, de 16 de marzo. Recurso de amparo 211-1980. Libertad de expresión y derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. Voto particular
Procedimiento: Recurso de amparo Decisión: Sala Segunda
Nº de procedimiento: 211-1980
Sentencia: 6/1981 [ECLI:ES:TC:1981:6]Fecha: 16/03/1981 Fecha publicación BOE: 14/04/1981
Ver original (Referencia BOE-T-1981-8592)
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Sala Primera. Sentencia 6/1988, de 21 de enero. Recurso de amparo 1221-1986. Contra sentencia de la Sala Sexta del Tribunal Supremo, revocatoria de la dictada por la Magistratura de Trabajo núm. 6 de Madrid, en autos de despido seguidos en virtud de demanda del actor contra la Administración del Estado.
Procedimiento: Recurso de amparo Decisión: Sala Primera. Sentencia
Nº de procedimiento: 1221-1986
Sentencia: 6/1988 [ECLI:ES:TC:1988:6]Fecha: 21/01/1988 Fecha publicación BOE: 05/02/1988
Ver original (Referencia BOE-T-1988-3145)
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Sala Primera. Sentencia 105/1990, de 6 de junio. Recurso de amparo 1695/1987. Contra Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza por la que se condena a un periodista deportivo por un delito de desacato a las Cortes de Aragón y a un Diputado de las mismas. Supuesta vulneración del derecho a comunicar libremente información [artículo 20.1 d) C.E.] y a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 C.E.)
Procedimiento: Recurso de amparo Decisión: Sala Primera. Sentencia
Nº de procedimiento: 1695-1987
Sentencia: 105/1990 [ECLI:ES:TC:1990:105]Fecha: 06/06/1990 Fecha publicación BOE: 05/07/1990
Ver original (Referencia BOE-T-1990-15864)
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Pleno. Sentencia 226/2016, de 22 de diciembre. Recurso de amparo 6237-2011. Promovido en relación con la Sentencia dictada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo sobre sanción de suspensión temporal de militancia en el Partido Socialista Obrero Español. Supuesta vulneración del derecho a la libertad de expresión: sanción disciplinaria impuesta por las manifestaciones efectuadas en un medio de comunicación que inducían a pensar que el partido político no respeta el mandato constitucional de organización y funcionamiento democrático. Voto particular.
Procedimiento: Recurso de amparo Decisión: Pleno
Nº de procedimiento: 6237-2011
Sentencia: 226/2016 [ECLI:ES:TC:2016:226]Fecha: 22/12/2016 Fecha publicación BOE: 27/01/2017
Ver original (Referencia BOE-A-2017-908)
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Sala Primera. Sentencia 22/2023, de 27 de marzo de 2023. Recurso de amparo 6005-2021. Promovido por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras de la Región de Murcia respecto de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que desestimó, en suplicación, la demanda formulada por aquella contra la Autoridad Portuaria de Cartagena en procedimiento de tutela de derechos fundamentales. Vulneración del derecho a la libertad de expresión en relación con el derecho a la libertad sindical: supeditación del derecho al uso de la vivienda del faro de Mazarrón a la retractación de un comunicado crítico emitido por el sindicato.
Procedimiento: Recurso de amparo Decisión: Sala Primera. Sentencia
Nº de procedimiento: 6005-2021
Sentencia: 22/2023 [ECLI:ES:TC:2023:22]Fecha: 27/03/2023 Fecha publicación BOE: 25/04/2023
Ver original (Referencia BOE-A-2023-10047)